= LIGA A.B.F. =
A). Sancionar al club BALONMANO FEMENINO MONOVAR con MULTA DE TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (393,75 €), por impago del fondo arbitral del encuentro disputados por su equipo el día
8 de marzo de 2011.
B). REQUERIR al club BALONMANO FEMENINO MONOVAR el pago de TRES MIL NOVENTA Y SIETE EUROS CON
CINCUENTA CÉNTIMOS (3.097,50 €) por los siguientes conceptos:
Fondo arbitral encuentro c/BM. ELDA-PRESTIGIO (19/02/11) 1.125,00
Fondo arbitral encuentro c/ITXAKO-REYNO DE NAVARRA (08/03/11) 1.125,00
Gastos banco por devolución pagaré del encuentro 19/02/11 30,00
Gastos banco por devolución pagaré del encuentro 08/03/11 30,00
Importe sanción Acta 30/2010-11 del 09/03/11 393,75
Importe sanción impuesta en apartado anterior de esta resolución 393,75
Total a abonar: 3.097,50
Este importe deberá depositarlo en la Secretaría del Comité Técnico de Árbitros en el PLAZO IMPRORROGABLE DE
TRES DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la notificación del presente acuerdo.
C). APERCIBIR al club BALONMANO FEMENINO MONOVAR, con independencia de la SANCIÓN DE SUSPENSIÓN DEL ENCUENTRO BM. MONOVAR URBACASAS – VICAR GOYA KOPPERT (y no BM. MONOVAR URBACASAS – BM. ELDA-PRESTIGIO, como por error se indicó en la resolución dictada el día 16 de marzo de 2011 en el Acta 31/2010-11), correspondiente a la 21ª jornada del día 2 de abril de 2011, de que su equipo “BM. MONOVAR URBACASAS” podrá ser DESCALIFICADO DE DIVISIÓN DE HONOR FEMENINA conforme al artículo 49 del Rgto. de Régimen Disciplinario, si no acredita el pago de esa cantidad en el plazo señalado, al haber acumulado dos fondos de arbitraje sin abonar debidamente requeridos.
- JORNADA 19ª. -
ENCUENTRO BM. CASTRO-URDIALES A.A. – ELCHE-MUSTANG. (12/03/11).-
A). Sancionar al club DEPORTIVO BÁISCO BALONMANO CASTRO A.A. con MULTA DE TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (393,75 €) por impago del fondo arbitral del citado encuentro, cuyo importe de la multa corresponde al 35% de la deuda arbitral (1.125,00 €) al ser reincidente..
B). REQUERIR al club DEPORTIVO BÁSICO BALONMANO CASTRO A.A. el pago de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (1.548,75 €) por los siguientes conceptos:
Importe de la deuda arbitral impagada 1.125,00
Gastos bancarios por devolución cheque 30,00
Importe de sanción económica impuesta en apartado anterior. 393,75
Total a abonar: 1.548,75
Este importe deberá depositarlo en la Secretaría del Comité Técnico de Árbitros en el PLAZO IMPRORROGABLE DE TRES DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la notificación del presente acuerdo.
ENCUENTRO BM. MAR SAGUNTO – VICAR GOYA KOPPERT. (09/03/11).-
A). Sancionar al club BALONMANO MAR VALENCIA con MULTA DE TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (393,75 €) por impago del fondo arbitral del citado encuentro, cuyo importe de la multa corresponde al 35% de la deuda arbitral (1.125,00 €) al ser reincidente..
B). REQUERIR al club BALONMANO MAR VALENCIA el pago de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (1.548,75 €) por los siguientes conceptos:
Importe de la deuda arbitral impagada 1.125,00
Gastos bancarios por devolución cheque 30,00
Importe de sanción económica impuesta en apartado anterior. 393,75
Total a abonar: 1.548,75
Este importe deberá depositarlo en la Secretaría del Comité Técnico de Árbitros en el PLAZO IMPRORROGABLE DE TRES DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la notificación del presente acuerdo o en su defecto, se aplicará lo previsto en el artículo 53 del Rgto. de Régimen Disciplinario
JORNADA 20ª. -
ENCUENTRO ELCHE MUSTANG – UCAM MURCIA. (18/03/11).-
A). ABRIR EXPEDIENTE de información reservada que se tramitará por el procedimiento ordinario con el número 51/2010-1, para conocer sobre los incidentes protagonizados al parecer por D. Diego AGULLÓ FERNÁNDEZ, Presidente y con licencia de Oficial de Equipo del club BALONMANO ELCHE, con los árbitros del encuentro.
B) SUSPENDER de forma cautelar al Presidente y Oficial de Equipo del club BALONMANO ELCHE, D. Diego AGULLÓ FERNÁNDEZ, hasta la resolución del expediente.
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